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martes, 4 de junio de 2013

Ley plantea que los divorcios sean resueltos por notarios públicos

Una nueva Ley del Notariado es lo que se busca implementar desde el Ministerio de Justicia y el Consejo de la Magistratura. Ambas instituciones tienen dos proyectos distintos. Sus visiones están en consideración en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Por un lado, el proyecto del Ministerio de Justicia plantea darle más atribuciones a los notarios de Fe Pública. Es el caso de la atención de los procesos voluntarios, entre ellos los divorcios, uniones libres o de hecho, asistencia familiar, permisos de viaje de menores al exterior solicitados por los padres. Estos casos familiares actualmente son judicializados y se prolongan por meses y son propios de los jueces de partido y de instrucción en materia familiar, que en la nueva ingeniería del Órgano Judicial ya no existen. Sólo habrá jueces públicos que no tendrán atribuciones para conocer los procesos no contenciosos o voluntarios.

En el plan propuesto por el Ministerio de Justicia serán los notarios quienes puedan resolver los trámites antes nombrados en cuestión de horas.

Para la diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Rebeca Delgado, el proyecto del gobierno limitará el acceso a la justicia toda vez que para estos trámites voluntarios, que actualmente son gratuitos, será necesario hacer un pago ante el notario de Fe Pública.

El consejero de la Magistratura de Cochabamba, Roger Triveño, aclaró que esta competencia debería continuar siendo exclusiva de un juez. Los notarios, en una reunión de análisis de las propuestas, coinciden con esta postura porque, aseguran, que su trabajo en los casos familiares se limitaría a poner fin a una relación conyugal sin posibilidad de evaluar o hacer un trabajo de asesoría. Piden implementar un procedimiento donde se incluya la conciliación y un procedimiento específico.

La norma también propone que los notarios atiendan en materia civil la declaratoria de herederos, que hasta ahora corresponde al Órgano Judicial. Asimismo se incluyen la adquisición, retención o recuperación de la posesión de bienes inmuebles, deslinde y amojonamiento en predios urbanos, divisiones o particiones inmobiliarias, aclaración de límites y medianerías, procesos sucesorios sin testamento, apertura de testamentos cerrados y protocolización de memorias testamentarias.

OBSERVACIONES En otro artículo del plan del Ministerio de Justicia se establece que el cargo del notario es de carácter indefinido.

Para Delgado esta propuesta es inconstitucional porque se contrapone a la visión de la Constitución Política del Estado, donde todos tienen funciones periódicas.

En el documento del Consejo de la Magistratura, se plantea que los notarios tengan una permanencia de cuatro años en el cargo. Según Triveño, el planteamiento pasa por la necesidad de respaldar la Fe Pública y la transparencia.

Actualmente los notarios son designados por los tribunales departamentales de justicia por un periodo de cuatro años con derecho a reelección indefinida. No reciben remuneración, pero tienen un arancel establecido por los servicios que prestan. El control también está a cargo del Órgano Judicial a través del Consejo de la Magistratura.

“El régimen disciplinario está a cargo del Consejo que se encarga del control y la fiscalización del trabajo de los notarios a través de los jueces disciplinarios y sumariantes”, dijo Triveño.

ESTRUCTURA En el proyecto se le da una nueva estructura al Notariado a través de un Consejo Nacional Plurinacional y Direcciones Departamentales.Los notarios creen que perderán el principio de independencia al estar sometidos al Ministerio de Justicia porque ahí estarán sus jefes. En la misma línea, la diputada Delgado teme que quienes darán Fe Pública serán parte en un “órgano de poder político”.

“Se crea una entidad de control y fiscalización conformada por cuatro ministerios. Acá el Ministerio de Justicia fiscaliza, controla, elige y tiene el dinero, este es el proyecto”, advirtió.

Finalmente exhortó a las autoridades a pronunciarse sobre este proyecto, tomando en cuenta que es necesaria la participación ciudadana “y no es posible que la Asamblea sea una fábrica de leyes que muchas veces ni siquiera se conocen”.

Los notarios fueron los primeros en hacer conocer su protesta frente a las denuncias de que las notarías de Fe Pública “serían unas minas de oro”. Representantes del Colegio de Notarios explicaron que cada mes pagan tres impuestos y uno anual por las utilidades. A esto se suma el monto por la compra de valorados, pago de servicios básicos, empastado de libros, alquiler de oficina y pago al personal a su cargo, además de sus beneficios sociales. Calcularon que restando estos montos reciben un salario básico o igual que el de cualquier funcionario público.

Apuntes.

Fe Pública

Los notarios cumplen la función notarial por delegación del Estado y la ejercen de forma privada, asesorando, interpretando y dando forma legal a la voluntad de las partes, elaborando y redactando los instrumentos públicos (escritura pública).

Petición

Los divorcios notariales serán presentados de manera conjunta. Deben tener un acuerdo suscrito con la manifestación de voluntad de divorciarse y para la prestación de la asistencia familiar, partición igualitaria de los bienes gananciales. En el caso de existencia de hijos deberán acordar la forma en que contribuirán a la asistencia, la guarda y custodia y régimen de visitas.

Desistimiento

Se considerará que los cónyuges o convivientes han desistido si transcurridos 60 días hábiles, desde la fecha en que el instrumento fue puesto a su disposición, no concurren para su otorgamiento.

Lo económico sin acuerdo

En lo que se refiere a la regulación económica para la función pública notarial, el proyecto del Ministerio de Justicia establece que “cuando la suma mensual de las utilidades líquidas recibidas supere el monto de la remuneración establecida para el Presidente del Estado Plurinacional, el 50 por ciento del excedente deberá ser depositado en la cuenta fiscal de la Dirección del Notariado Plurinacional”. En este caso se deducen los gastos de la notaría y el pago de impuestos fiscales.

Por otro lado, el proyecto del Consejo de la Magistratura tiene por objeto la autosostenibilidad del Órgano Judicial para que los notarios sean funcionarios públicos pagados por el Estado con un presupuesto del Tesoro General de la Nación. Así lo informó el magistrado de Cochabamba Roger Triveño.

“Habrá más seguridad jurídica, idoneidad y probidad. Desde el Órgano Judicial se hará el pago y podrán financiarse a sí mismos”, explicó. A tiempo de referirse a la necesidad de regular su trabajo explicó que actualmente estos profesionales se han mercantilizado. “El dinero que reciba el Órgano Judicial servirá para pagar los sueldos y crear más juzgados, atender los casos de violencia contra la mujer y la aplicación de leyes como la del derecho propietario y anticorrupción”, justificó.

“La tendencia es prescindir de los abogados privándoseles de su derecho al trabajo”

Como miembro del Colegio de Notarios de Cochabamba Elizabeth Grágeda Méndez realizó algunas observaciones al proyecto de Ley del Notariado que se debate en la Asamblea Legislativa.

P: ¿Qué consideraciones se debe tener al momento de revisar este proyecto?

R: Considero que debe respetarse los principios de la Ley del Notariado en sí y del Notario como dador de Fé Pública. Es necesario buscar la experiencia, capacidad, idoneidad y la imparcialidad del notario.

P: ¿Con esta norma se pretende dar más atribuciones al notario?

R: Sí, a través de los procesos voluntarios, pero debería tenerse más cuidado con lo que respecta a la familia que es un bien jurídico protegido por el Estado. Actualmente, a pesar de que son muchos los escollos que se presentan en la tramitación de un divorcio, las parejas que optan por esta salida son muchas. Si se hace más ligero el proceso implicará que la institución del matrimonio colapse y se tome el mismo como algo demasiado fácil de resolver. Se debería reunir requisitos, formalidades que garanticen que el rompimiento del vínculo familiar sea lo menos traumático en cuanto a los hijos y sus efectos. Este punto debe tratarse con más calma.

P: ¿Se está afectando algunos intereses?

R: Me preocupa que con estos proyectos se prescinda del abogado y resulta que de esa forma se les priva del derecho al trabajo. Si bien el notario es un profesional en derecho capaz de redactar y hacer su trabajo, considero que no se puede invadir el territorio del abogado que tiene más tiempo para asesorar, estudiar los procesos, los documentos sobre los divorcios, cosa que nosotros no tenemos. Si todos nos sentamos y hacemos un trabajo para ir en una misma dirección la justicia avanzaría.

La disolución del matrimonio no debería ser tan fácil

En la nueva ingeniería del Órgano Judicial, diseñada en la Ley del Órgano Judicial, vemos que ya no hay categorías de jueces de partido y de instrucción en material familiar y civil. Sólo habrá jueces públicos que no tendrán atribuciones para conocer procesos no contenciosos, es decir procesos voluntarios como son los divorcios.

Actualmente estos procesos se tramitan ante el juez de instrucción. De consolidarse el proyecto del Ministerio de Justicia muchos de los casos en materia civil y familiar, que ahora son judicializados, no obstante que no existe contención alguna, dejarán de ingresar al Órgano Judicial y serán tramitados ante el Notario Público.

Quizá la norma dispone esto porque es un hecho conocido. En el ámbito jurídico, la gente cuando se quiere divorciar, en el actual régimen, se presenta ante el juez y dice que están separados hace más de dos años, pero sabemos que no es cierto.

Hay muchos procesos de divorcio que se instalan bajo esa modalidad para ir a juicio y en la mayoría de los casos siempre termina con la sentencia declarada probada y procede la separación. El trámite es una ficción procesal que recarga las labores de los jueces. Visto desde este punto de vista se justificaría que los notarios puedan conocer esto, pero desde el otro punto de vista debemos entender que el matrimonio es una institución que debe estar protegida por el Estado y su disolución no debería ser tan fácil como deshacerse de un contrato civil que se supedita sólo a la voluntad de cónyuges.

Quizá haya que incluir matices al proyecto del Gobierno, por ejemplo, que se ponga un término o un plazo para que los cónyuges regresen después de un tiempo determinado y ratifiquen su decisión. Sabemos que hay niños y bienes en juego y la decisión puede ser producto de enojo. El matrimonio es institución de orden público que se disolvería de manera muy sencilla.

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