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domingo, 30 de noviembre de 2014

Los trámites de divorcio serán más rápidos y baratos


Realizar un trámite de divorcio ya no requerirá mucho tiempo, dinero ni motivos específicos que impidan la desvinculación entre cónyuges que ya no tienen un proyecto de vida en común.

El trámite será rápido y estará en manos de los notarios de fe pública, si la pareja no tiene hijos, o si éstos ya son mayores de 25 años, no se tienen bienes gananciales, sujetos a registro, y se renuncie a cualquier forma de asistencia familiar.

La presidenta del Colegio de Notarios de Cochabamba, Orieta Alba, explica que para los trámites ante la instancia notarial, los cónyuges deben presentarse voluntariamente.

No obstante que este punto de la ley debería estarse aplicando ya, Alba informa que recién lo harán a partir del 17 de febrero de 2015, fecha en la que comenzará a regir el reglamento de la Ley 483 del Notario Plurinacional.

Destaca que este trámite será menos costoso que el que actualmente se realiza ante un juez.

Se tiene referencia que el trámite llegará a costar 2.500 o 3.000 bolivianos, a diferencia de los 6.000 que aproximadamente se calcula se gasta en un divorcio, en un proceso en la justicia ordinaria.

Uno de los principales requisitos para el divorcio, con el nuevo código, debe ser la voluntad propia de ambas partes que debe estar expresada mediante un documento redactado entre las mismas.

Además, estos trámites deben hacerse de manera presencial. “Ninguno de los cónyuges lo podrá hacer mediante una representación”, aclara.

El plazo máximo para que el divorcio ante un notario culmine será de 60 días hábiles después de la solicitud.

Alba indica que para atender este tipo de casos, los notarios de fe pública ya están siendo capacitados para atender en las 66 notarías de capital y en las 62 de provincias y cantones.

ANTE EL JUEZ

El divorcio o desvinculación judicial solamente se dará en caso de que no haya un mutuo acuerdo entre las dos partes. Lo puede solicitar uno de los cónyuges o ambos.

El plazo que debe regir para finalizar este proceso, según el artículo 210 del nuevo Código de Familias y Procesos Familiares es de tres meses.

Según explicación de la diputada proyectista Marianela Paco, este plazo también se debe aplicar para los procesos de divorcio que aún están en curso.

Asimismo, el proceso podrá suspenderse en cualquier etapa si existe la reconciliación.

CAUSALES

Según el abogado Henry Pinto, uno de los avances más importantes en el tema de divorcio, además del descongestionamiento judicial que permitirá el que los trámites se hagan ante un notario, es las anulación de las causales que estaban establecidas en el artículo 130 del antiguo código.

Esta norma establecía que debían ser causas para el divorcio, el adulterio o relación homosexual entre cualquiera de los cónyuges, por tentativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro, porque uno de los cónyuges corrompa o prostituya a su hijo o al de su pareja, por abandono malicioso del hogar o por sevicia (crueldad excesiva), injurias o malos tratos que haga intolerable la vida en común.

Según interpretación de Pinto, en la antigua ley se anteponía la voluntad del Estado, por encima de los cónyuges, situación que enajenaba la voluntad de las partes.

MENOS CASOS

EN LA VÍA JUDICIAL

A su turno, el juez de Partido Sexto de Familia, Helmut Balderrama, sostiene que el hecho de contar con las notarías para realizar los trámites de divorcio permitirá en determinados casos el descongestionamiento judicial. De manera diaria se reciben en todos los juzgados de materia familiar entre 40 a 45 memoriales de todo tipo de solicitudes, realizadas por las partes.

Asimismo, se conoce el ingreso diario de aproximadamente entre 3 a 5 causas nuevas, tanto de divorcios y otro tipo de procesos familiares como interdicciones, impugnaciones, negaciones y declaraciones judiciales de paternidad y patrimonios familiares, al igual que distintos incidentes de asistencias familiares, tenencia de hijos y división y partición de bienes gananciales de los esposos .

Cada juzgado tiene entre 2.500 a 3.000 procesos en movimiento, al igual que procesos archivados, los cuales son desarchivados para tramitarlos o realizar sus incidentes correspondientes.

Actualmente, los procesos judiciales se realizan en su totalidad mediante memoriales escritos. Con el nuevo código se comenzará a aplicar la oralidad y los procesos de divorcio se llevarán a cabo con mayor celeridad.

“Con la nueva normativa se va a reducir el desarrollo del proceso, ya que presentada la demanda, con o sin acuerdo de la desvinculación, la autoridad judicial emplazará al matrimonio a comparecer en el término de tres meses a objeto de que se ratifique o desista de su demanda de divorcio”, señala el juez.

Se fijará día y hora de audiencia para la atención del trámite, y de persistir la voluntad de la desvinculación del divorcio se dictará sentencia declarando disuelto el vínculo matrimonial o la unión libre.

La presidenta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, Nuria Gonzales, aclara que se requerirá para éste y otros temas más personal e infraestructura, pero las nuevas reglas para el divorcio y la asistencia familiar ya se aplicarán.

La nueva norma busca brindar mayor y mejor protección a las familias

El Código de las Familias y del Proceso Familiar que reemplazará a la última norma, que data de 1988, trae consigo importantes cambios que están orientados a proteger a los miembros de las familias bolivianas.

Entre los cambios más importantes está la asistencia familiar, que se amplía de los 18 a los 25 años, y deberá otorgarse como base el 20 por ciento del salario mínimo, de manera mensual por cada hijo, sin excusa alguna.

Los trámites de divorcio se efectuarán ante un notario de fe pública y solo en caso de no haber acuerdo llegarán ante una autoridad judicial. También quedan anuladas las causales para este proceso.

La priorización del apellido materno en la filiación (registro) del hijo podrá comenzar a aplicarse.

En determinados casos, como el de madres solteras, los hijos podrán llevar un solo apellido.

Otro cambio es la aprobación de la unión libre, que ahora reconoce los mismos derechos y obligaciones para los cónyuges.

Esta unión deberá ser registrada ante un oficial del Servicio de Registro Cívico para tener validez.

La desvinculación de la unión libre traerá consigo la guarda tutela, separación de bienes y la asistencia familiar tal como sucede con el matrimonio.

Asimismo, la nueva normativa trae consigo la posibilidad de filiación en el vientre para las parejas que se separen cuando la mujer esté embarazada. La madre también podrá gozar de asistencia familiar hasta dar a luz al hijo.

La edad de emancipación será ahora de 16 años tanto para hombres y mujeres. Con el anterior código los hombres se emancipaban a los 16 y las mujeres a los 14.

La diputada proyectista del nuevo código Marianela Paco indica que varias disposiciones como la de la asistencia familiar se ponen automáticamente en vigencia, mientras que otras como el tema de los apellidos y los divorcios en notarías, tienen hasta el 6 de agosto de 2015, fecha en que la ley debe entrar en plena vigencia.


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